Factura electrónica B2B: el calendario ya está activado

La factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales ya tiene fechas. El 5 de octubre de 2026 el BOE publicó la Orden HAC/1028/2026, que regula la solución pública de facturación electrónica de la Agencia Tributaria. La orden entró en vigor el 6 de octubre de 2026 y con ella arrancó la cuenta atrás que fija el Real Decreto 238/2026, el reglamento que desarrolla la Ley 18/2022 Crea y Crece. Las empresas y profesionales que facturaron más de 8 millones de euros el año anterior tendrán que emitir y recibir facturas electrónicas desde el 6 de octubre de 2027. El resto, desde el 6 de octubre de 2028.

Cómo hemos llegado hasta aquí

La Ley Crea y Crece estableció en 2022 la obligación de expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en las operaciones entre empresarios y profesionales, pero dejó los detalles a un reglamento. Ese reglamento es el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026. Fija los requisitos técnicos y de información del sistema y los de las plataformas privadas de intercambio de facturas. También modifica el Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012).

El real decreto no fijaba una fecha concreta: los plazos se contaban desde la entrada en vigor de una orden ministerial sobre la solución pública. Esa orden es la que acaba de publicarse, así que ya podemos poner día a cada obligación.

Calendario de aplicación

Según la nota publicada por la Agencia Tributaria el 7 de octubre de 2026, el calendario queda así:

  • 6 de octubre de 2027: empresas y profesionales con un volumen de operaciones superior a 8 millones de euros. Deberán emitir, enviar y recibir facturas electrónicas e informar del estado de las facturas y de los pagos.
  • 6 de octubre de 2028: el resto de empresas y profesionales, para emitir, enviar y recibir facturas electrónicas. Desde esa fecha, las personas jurídicas de 8 millones o menos también deberán informar del estado de las facturas y de los pagos.
  • 6 de octubre de 2029: personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas, que hasta entonces podrán informar del estado de sus facturas de forma voluntaria.

Durante los 12 meses siguientes al 6 de octubre de 2027, las grandes empresas deberán acompañar la factura electrónica de un PDF legible, salvo que el destinatario acepte expresamente el original electrónico. La obligación afecta a las operaciones en las que el destinatario es un empresario o profesional establecido en España. Las facturas simplificadas quedan excluidas con carácter general.

Qué es la solución pública de la AEAT

La orden describe la solución pública como una plataforma básica y gratuita, pensada sobre todo para pymes y profesionales. Debe estar disponible al menos dos meses antes de la primera aplicación efectiva, es decir, antes del 6 de agosto de 2027. Sus puntos principales son:

  • Formato: las facturas siguen el modelo semántico europeo EN 16931 en sintaxis UBL.
  • Copia a Hacienda: quien facture a través de una plataforma privada deberá enviar una copia fiel en UBL a la solución pública en el momento de la emisión.
  • Código único: cada factura se identifica con el NIF del emisor, la serie, el número y la fecha de expedición. Los duplicados se rechazan.
  • Plataformas privadas: las que intercambien facturas a través de la solución pública deberán recuperar automáticamente las facturas de sus clientes y ponerlas a su disposición de inmediato.
  • Acceso: con certificado electrónico, o con Cl@ve si se usa el formulario. Los terceros que actúen por cuenta de una empresa deben estar inscritos en el registro de apoderamientos de la AEAT.

El estado de pago, la gran novedad

La factura electrónica no sirve solo para emitir. El destinatario tendrá que comunicar si rechaza la factura y en qué fecha la ha pagado por completo. Dispone de cuatro días naturales desde el pago efectivo, sin contar fines de semana ni festivos nacionales. Si no hay rechazo ni factura rectificativa, la factura se considera aceptada. El emisor, por su parte, podrá informar de forma voluntaria del cobro, del impago o de discrepancias en las fechas.

Con esta información, la solución pública pondrá el estado de cada factura a disposición de las partes y de la Administración. Así se hacen visibles los plazos reales de pago, uno de los objetivos de la Ley Crea y Crece en la lucha contra la morosidad.

Qué supone para tu empresa

Doce meses parecen mucho, pero cambiar cómo factura y cobra una empresa lleva tiempo. Además, esta obligación es distinta de Verifactu: Verifactu fija los requisitos del software de facturación, mientras que la factura electrónica B2B regula cómo se intercambia la factura con el cliente. Te recomendamos:

  • Comprobar tu volumen de operaciones de 2026 para saber si te afecta el plazo de 2027 o el de 2028.
  • Decidir si usarás la solución pública, una plataforma privada o una conexión desde tu propio ERP.
  • Revisar la calidad de los datos de clientes y proveedores (NIF, direcciones, condiciones de pago), porque el formato UBL no admite improvisaciones.
  • Preparar al equipo de administración para registrar fechas de pago y responder a rechazos en cuatro días.

Cómo lo vemos en Binovo

En Binovo trabajamos a diario con la facturación en Odoo 16 y con la adaptación de empresas a Verifactu mediante Binovo Verifactu. Nuestra recomendación es empezar por los datos y los procesos antes de pensar en la herramienta. Cuando la AEAT publique las especificaciones técnicas definitivas, las integraciones con la solución pública o con plataformas privadas se podrán abordar con un desarrollo a medida. Si quieres revisar cómo afecta el calendario a tu empresa, puedes contactar con nosotros.

Fuentes

Transparencia: este artículo se ha elaborado con ayuda de inteligencia artificial a partir de las fuentes citadas y ha sido revisado y validado por el equipo de Binovo antes de publicarse.

About the author

Juanjo Bastarrika es CEO de Binovo, empresa de Oiartzun (Gipuzkoa) que desde 2008 implanta Odoo, soluciones de facturación Verifactu y TicketBAI, sistemas y desarrollo a medida, y del Grupo Binovo, al que pertenece Future AI, especializada en inteligencia artificial aplicada. Escribe sobre ERP, normativa fiscal e IA en la empresa desde la experiencia de implantación con clientes.

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