El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda anunció en una nota informativa que prevé aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones de VERI*FACTU que aún no se aplican. Afecta a empresas y autónomos que facturan con un programa informático y que tributan en territorio común. Hasta ahora tenían que cumplir el 1 de enero de 2027 (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades) o el 1 de julio de 2027 (resto). Ojo: el cambio está anunciado, pero en las fuentes consultadas todavía no se ha publicado en el BOE, así que las fechas de 2027 siguen siendo las que dice la norma.
Qué ha anunciado Hacienda
La nota se refiere al Real Decreto 1007/2023, el reglamento que fija los requisitos de los programas de facturación (RRSIF), conocido como VERI*FACTU. Hacienda quiere que su calendario coincida con el de la factura electrónica obligatoria entre empresas para los empresarios y profesionales que facturan hasta 8 millones de euros al año. El objetivo es que ambos sistemas converjan lo máximo posible, tanto en lo normativo como en lo técnico.
Puntos clave de la nota:
- Lo que se presenta es una previsión: primero hay que aprobar formalmente el nuevo calendario.
- Más adelante llegará otra modificación sobre el ámbito de aplicación y algunos aspectos técnicos, pensando ya en las futuras obligaciones europeas de información digital (paquete ViDA).
- Los requisitos de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros seguirán siendo, en esencia, los que establece la norma actual.
No es el primer cambio de calendario: el reglamento ya se había retrasado antes hasta 2027. Asociaciones como Aedaf y ATA han recibido bien la decisión. Otras voces del sector recuerdan que cada cambio de calendario genera incertidumbre y costes a las pymes.
La otra fecha: la factura electrónica ya tiene calendario
La misma semana se publicó en el BOE la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, que regula la solución pública de facturación electrónica de la AEAT. Entró en vigor el 6 de octubre de 2026, y con ella empezaron a contar los plazos de la Ley 18/2022 (Crea y Crece) y del Real Decreto 238/2026. Según la Agencia Tributaria:
- 6 de octubre de 2027: empresarios y profesionales con un volumen de operaciones de más de 8 millones de euros tendrán que emitir, enviar y recibir facturas electrónicas e informar de su estado y de los pagos.
- 6 de octubre de 2028: el resto de empresarios y profesionales. Las personas jurídicas de hasta 8 millones también tendrán que informar del estado y los pagos.
- 6 de octubre de 2029: personas físicas y entidades en atribución de rentas tendrán que informar del estado y los pagos.
Por tanto, octubre de 2028 pasa a ser la fecha clave para la mayoría de pymes y autónomos de territorio común: es cuando previsiblemente coincidirán VERI*FACTU y la factura electrónica obligatoria.
¿Y en Gipuzkoa, Bizkaia y Araba?
Las empresas que tributan en las haciendas forales vascas siguen con TicketBAI y no están sujetas a VERI*FACTU. Las de Navarra tampoco, porque tiene su propio sistema. Este anuncio no cambia nada para ellas. Aun así, conviene fijarse en un detalle: entre los campos del código QR de la factura electrónica, la nueva orden prevé que se indique «VERIFACTU» o «TICKETBAI», según la normativa de cada empresa. Es decir, los dos mundos tendrán que convivir dentro de la factura electrónica. Esto importa sobre todo a empresas vascas con clientes o proveedores en el resto de España.
Qué supone para tu empresa
Un aplazamiento da margen, pero no es motivo para parar. Te recomendamos:
- No dar el retraso por hecho hasta que salga en el BOE. Mientras tanto, las fechas legales siguen siendo las de 2027.
- Revisar tu facturación con un solo proyecto, no con dos. El programa que adaptes a VERI*FACTU (o a TicketBAI) debería prepararse también para emitir y recibir factura electrónica estructurada. Hacerlo de una vez es más barato que hacerlo dos veces.
- Comprobar si superas los 8 millones de facturación. Si es así, tu fecha de factura electrónica es octubre de 2027, y para esa no hay aplazamiento anunciado.
- Preguntar a tu proveedor de software cuál es su plan. Es el fabricante quien debe garantizar que el programa cumple la normativa.
Cómo lo vemos en Binovo
En Binovo trabajamos a diario con TicketBAI en las tres haciendas forales y con VERI*FACTU en territorio común. Para clientes con Odoo 16 preparamos la facturación con una visión única que cubre los requisitos antifraude y la factura electrónica. Si tu empresa usa otro programa, API Verifactu permite integrar el envío de registros desde cualquier software, y Binovo Verifactu ofrece una solución lista para usar. Si tienes dudas sobre qué fecha te afecta o cómo plantear la adaptación, escríbenos y lo revisamos contigo.
Fuentes
- Ministerio de Hacienda. Nota informativa sobre el aplazamiento de VERI*FACTU (05/10/2026).
- BOE. Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, por la que se regula la solución pública de facturación electrónica (05/10/2026).
- Agencia Tributaria. Solución Pública de Facturación Electrónica (SPFE) (07/10/2026).
- El Español. Hacienda vuelve a retrasar Verifactu y pospone su implantación para empresas y autónomos hasta 2028 (05/10/2026).
- Infobae (EFE). Hacienda retrasa Verifactu hasta 2028 para alinearlo con la factura electrónica (05/10/2026).
- Garrigues. Comienza el cómputo de plazos para la aplicación de la factura electrónica obligatoria entre empresarios (06/10/2026).
- IT User. Hacienda aplaza Verifactu hasta 2028 y el sector reclama una digitalización sin sobresaltos (08/10/2026).
Transparencia: este artículo se ha elaborado con ayuda de inteligencia artificial a partir de las fuentes citadas y ha sido revisado y validado por el equipo de Binovo antes de publicarse.
